A propósito de la Semana de Vacunación de las Américas

Lima, 18 de abril, 2006

 

 

Oficio Circular N° 1823  - 2006 AMP

 

Señor(a)

 

Congresista de la República

 

De nuestra especial consideración:

 

A través de la presente le hacemos llegar el saludo cordial de la Asociación Médica Peruana y le informamos que estando próximos a la Semana de la Vacunación de las Américas, y lamentablemente existiendo el Decreto Supremo 013-2005-SA aprobado por la actual gestión de la ministra de Salud que permite el ingreso de medicamentos (vacunas) sin Registro Sanitario (sin control de calidad) a nuestro país, manifestamos lo siguiente:

 

·        La Asociación Médica Peruana ha emplazado al Ministerio de Salud para que demuestre la calidad de las vacunas que serán utilizadas durante la semana de la vacunación de las Américas a celebrarse a partir del 23 de abril del 2006, a través del cumplimiento de la Ley General de Salud

 

·        El Minsa ha señalado que las vacunas que se utilizaran han sido precalificadas por  la Organización Mundial de la Salud por ser productos de calidad debidamente acreditados, no obstante, este organismo no es el encargado de certificar la calidad de las vacunas que serán aplicadas en nuestro país, quien certifica su calidad es el Registro Sanitario que estas vacunas no tienen. A esto se suma que en el presente año la Coordinadora de la Estrategia Sanitaria Nacional de Inmunizaciones (vacunas) del Minsa no es un médico, como debería ser en este caso, sino una licenciada.

 

·        El Minsa emitió el Decreto Supremo 013-2005-SA de fecha 25 de mayo del 2005 que permite el ingreso al país de medicinas sin Registro Sanitario (sin control de calidad), para ser usadas en los programas de salud en calidad de donadas (vacunas). El Congreso de la República, por su parte, en actitud fiscalizadora y digna aprobó su   derogación por ley. Sin embargo, el ejecutivo ha observado la norma.

 

·        Instamos al Congreso de la República a que insista en la aprobación de la ley observada de tal manera que se derogue el Decreto Supremo No 013-2005-SA, que  faculta a la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas autorizar el ingreso al país de medicamentos  que no cuenten con Registro Sanitario (control de calidad) cuando no se destinen a la comercialización. Además, exigimos que los medicamentos donados (vacunas) cumplan con estándares de calidad exigidos por la ley general de salud.

 

·        La Asociación Médica Peruana exige a la ministra de Salud  que se abstenga de usar vacunas de mala calidad y lamenta tener que pronunciarse críticamente sobre la vacunación de los niños, sin embargo, la exigencia de la profesión médica precisamente impone resguardar la calidad de las vacunas en beneficio de la salud de la niñez y la población.

 

 

Atentamente,

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